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Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Arévalo

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Incorporamos el enlace a la MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 22 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA (INCLUYE EL PLAN ESPECIAL DEL CONJUNTO HISTÓRICO) de Arévalo. PLAN ESPECIAL

Artículo 46

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Artículo 46 de la Constitución Española:  Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del  patrimonio  histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad.

Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias

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JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I La presente Ley establece el régimen jurídico de las vías pecuarias . De este modo, el Estado ejerce la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 149.1.23.ª de la Constitución para dictar la legislación básica sobre esta materia. Es indudable la importancia económica y social que durante siglos revistió la trashumancia, de cuya trascendencia es prueba elocuente el apoyo prestado por los monarcas a esta actividad desde la Baja Edad Media, creando, amparando o fortaleciendo a las nacientes agrupaciones pastoriles (juntas, ligallos, mestas), que con el tiempo se erigieron en poderosos gremios -su ejemplo más significativo es el Honrado Concejo de la Mesta-, a cuyo amparo los ganados aprovechaban pastizales complementarios merced a sus desplazamientos periódicos por cañadas reale...

Para saber de qué hablamos

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Artículo 8. Funciones de los centros museísticos. 1. Son funciones de los museos: a) Proteger, custodiar y conservar los bienes que custodian. b) Incrementar, inventariar, documentar y catalogar sus fondos con criterios  científicos. c) Exhibir de manera permanente, ordenada y accesible los fondos que custodian. d) Procurar el uso de planteamientos didácticos en la utilización educativa de sus  recursos culturales. e) Difundir y divulgar los valores culturales de los fondos que custodian. f) Promocionar y fomentar la actividad cultural asociada a los fondos a su cargo,  especialmente en el ámbito geográfico y temático que corresponde al museo. g) Realizar, facilitar y promover la labor de investigación sobre sus fondos, su  ámbito temático y territorial, y sobre los aspectos museológicos y museográficos  relacionados con el cumplimiento de las funciones que le son propias. h) Cooperar y colaborar con otros centros museísticos, centros e i...

ORDEN FYM/1029/2011, de 27 de julio

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ORDEN FYM/1029/2011 , de 27 de julio, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental del Plan General de Ordenación Urbana de Arévalo, promovido por el Ayuntamiento de Arévalo. Documento

Ley del Patrimonio Histórico Español

Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Artículo 7. Los Ayuntamientos cooperarán con los organismos competentes para la ejecución de esta Ley en la conservación y custodia del Patrimonio Histórico Español comprendido en su término municipal, adoptando las medidas oportunas para evitar su deterioro, pérdida o destrucción. Notificarán a la Administración competente cualquier amenaza, daño o perturbación de su función social que tales bienes sufran, así como las dificultades y necesidades que tengan para el cuidado de estos bienes. Ejercerán asimismo las demás funciones que tengan expresamente atribuidas en virtud de esta Ley.

Ley del patrimonio cultural

Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. Artículo 1. Finalidad. 1. La presente Ley tiene por objeto el conocimiento, protección, acrecentamiento y difusión del Patrimonio Cultural de Castilla y León, así como su investigación y transmisión a las generaciones futuras. 2. Integran el Patrimonio Cultural de Castilla y León los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional. 3. Los bienes más relevantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León deberán ser declarados de interés cultural o inventariados con arreglo a lo previsto en esta Ley. (...) Artículo 24. Deber de conservación. 1. Los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimon...